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Quedan cubiertos los daños materiales ocasionados por las instalaciones de extinción de incendios o de aire acondicionado, como consecuencia de falta de estanqueidad, escape, derrame, fuego, rotura, caída, derrumbamiento o, en general, fallo de cualquiera de los elementos de dichos instalaciones que utilicen agua. Siempre que se asegure Continente vínculo con vocabulario, se incluyen, asimismo, los gastos ocasionados por la búsqueda, reparación y tapado de las conducciones causantes de los daños indemnizables.