Diccionario

Obligación solidaria

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Obligación en la que cada uno de los deudores está obligado a satisfacer la deuda entera, sin perjuicio del posterior abono o resarcimiento que el cobro o el pago determinen entre el que lo realiza y sus cointeresados. Si un grupo de personas tiene contraida una deuda frente a un tercero, este puede exigir su pago a cualquier persona del grupo que le pague la totalidad de la deuda, sin perjuicio, de que luego el resto de los deudores le paguen la cantidad que ha tenido que pagar.